Ley de Jurisdicción Voluntaria
Gracias al gobierno del Partido Popular se ha aprobado la
Ley de Jurisdicción Voluntaria que deja fuera a los abogados y procuradores, su
no intervención en la mayoría de los expediente de
jurisdicción voluntaria es ya definitiva, sin que el Consejo General de la
Abogacía ni los Colegios de Abogados y Procuradores hayan hecho nada por
remediarlo.
De la autorización o aprobación judicial
del reconocimiento de la filiación no matrimonial:
En la tramitación del presente
expediente no será preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador
De la habilitación para comparecer en juicio y
del nombramiento de defensor judicial:
En la tramitación del
presente expediente no será preceptiva la intervención de Abogado ni
Procurador.
De la adopción:
No será preceptiva la asistencia de Abogado ni
Procurador
De la tutela, la
curatela y la guarda de hecho:
En estos expedientes no será preceptiva
la intervención de Abogado ni Procurador, salvo en el relativo a la remoción
del tutor o curador en el que será necesaria la intervención de Abogado.
De la concesión
judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad
En la práctica de estas actuaciones, no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador, salvo que se formule
oposición, en cuyo caso sí será preceptiva la asistencia de letrado a partir de
ese momento.
De la protección del
patrimonio de las personas con discapacidad
Los interesados no precisarán de
Abogado ni Procurador para intervenir en el expediente.
Del derecho al honor,
a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con capacidad
modificada judicialmente
Para promover este expediente está legitimado
el representante legal del menor o persona con capacidad modificada
judicialmente, sin que sea preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador.
De la autorización o
aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u
otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con
capacidad modificada judicialmente
No será preceptiva la
intervención de Abogado ni Procurador siempre que el valor del acto para el que
se inste el expediente no supere los 6.000 euros, siendo necesaria su actuación
en otro caso.
De la declaración de
ausencia y fallecimiento:
En la tramitación de estos expedientes no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador
De la extracción de
órganos de donantes vivos
Para la actuación en
estos expedientes no será necesaria la intervención de Abogado o Procurador
De la dispensa del
impedimento matrimonial
En la práctica de estas actuaciones no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador
De la intervención
judicial en relación con la patria potestad
No será preceptiva la intervención de Abogado
ni de Procurador para promover y actuar en estos expedientes
De la intervención
judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes
gananciales
No será preceptiva la intervención
de Abogado ni de Procurador para promover y actuar en estos expedientes, salvo
que la intervención judicial fuera para la realización de un acto de carácter
patrimonial con un valor superior a 6.000 euros, en cuyo caso será necesario
Del albaceazgo
Para la actuación en estos
expedientes no será preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador cuando
la cuantía del haber hereditario sea inferior a 6.000 euros
De los
contadores-partidores dativos
Para la actuación en estos expedientes no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador cuando la cuantía del haber
hereditario sea inferior a 6.000 euros
De la aceptación y
repudiación de la herencia
Para la actuación en estos expedientes no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador cuando la cuantía del haber
hereditario sea inferior a 6.000 euros.
De la fijación del
plazo para el cumplimiento de las obligaciones cuando proceda
Para la actuación en este expediente no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador
De la consignación
Para la actuación en el presente expediente no
será preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador
De la autorización
judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del
usufructo
Para la actuación en estos expedientes no será
preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador.
Del expediente de
deslinde de fincas no inscritas
En la tramitación del presente expediente será
preceptiva la intervención de Abogado si el valor de la finca fuera superior a
6.000 euros
De los expedientes de
subastas voluntarias
Para la actuación en este expediente no será
preceptiva la intervención de Abogado y Procurador.
De la exhibición de
libros de las personas obligadas a llevar contabilidad
En la tramitación de estos expedientes será
preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
De la convocatoria de
juntas generales
Para la actuación en este expediente
será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
Del nombramiento y
revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad
En la tramitación de estos expedientes será
preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
De la reducción de
capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o
acciones
En la tramitación de estos
expedientes será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
De la disolución
judicial de sociedades
En la tramitación de estos
expedientes será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
De la convocatoria de
la asamblea general de obligacionistas
En la tramitación de estos
expedientes será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
Del robo, hurto,
extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio
Para la actuación en este expediente será
preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
Del nombramiento de
perito en los contratos de seguro
En la tramitación de este expediente no será
preceptiva la intervención de Abogado y Procurador
De la conciliación
En los expedientes de conciliación no será
preceptiva la intervención de Abogado ni Procurador